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El Grupo Uruguay de RED PUENTES adhiere a campaña por ley de 8 horas para la jornada laboral rural

por editor_uruguay

A iniciativa de la Comisión de Asuntos Agrarios del Plenario Intersindical de Trabajadores – Convención Nacional de Trabajadores (PIT - CNT) y del Pro Rector de Extensión Universitaria de la Universidad de la República (UDELAR) fue conformada una mesa permanente para analizar la realidad de los asalariados rurales, en particular dando seguimiento al proyecto de ley de ocho horas para la jornada laboral rural.

Esta mesa de trabajo ha invitado a la población y a sus organizaciones sociales a adherir a la carta que enviara al parlamento y a la opinión publica para promover que el proyecto de ley sea mejorado El Grupo Uruguay de la Red Puentes acompaña esta iniciativa que promueve el respeto de derechos de muchos trabajadores.

Transcribimos a continuación el texto de la carta.

Esta mesa de trabajo ha invitado a la población y a sus organizaciones sociales a adherir a la carta que enviara al parlamento y a la opinión publica para promover que el proyecto de ley sea mejorado El Grupo Uruguay de la Red Puentes acompaña esta iniciativa que promueve el respeto de derechos de muchos trabajadores.

Transcribimos a continuación el texto de la carta.

Carta a la Opinión Pública

Carta al Parlamento Nacional

DECLARACION PUBLICA EN RELACION AL PROYECTO DE LEY SOBRE “JORNADA LABORAL Y REGIMEN DE DESCANSO EN EL SECTOR RURAL”

A partir de la Jornada de Debate sobre este Proyecto de Ley - convocada a instancias del pro Rector de Extensión Universitaria, y la Comisión de Asuntos Agrarios del PIT CNT -, se conformó una mesa permanente de trabajo para abordar la problemática general de este sector de asalariadas/os sobre cuyas espaldas recae el sacrificio y la responsabilidad de crear con su trabajo la riqueza agropecuaria del país, como señala el historiador Yamandú González, “los olvidados de la tierra”.

El colectivo de trabajo fue sumando importantes adhesiones personales e institucionales y viene generando una agenda de trabajo que incluye, eventos académicos, trabajos de investigación, publicaciones y actividades de sensibilización respecto a la precariedad de las condiciones de trabajo de más de 116.000 asalariados, según datos del Banco de Previsión Social.

Es en este marco que entendemos imprescindible compartir con la opinión pública y las/los legisladoras/es, las primeras conclusiones a las que ha arribado este espacio de trabajo respecto al proyecto a estudio del Parlamento que propone limitar la jornada laboral en el sector rural:

1.- La Constitución de la República desde 1934, dispone que todo trabajador debe tener limitada su jornada laboral. Setenta y cuatro años después los trabajadores de la ganadería, la agricultura de secano y los tambos tienen como único límite el que impone el patrón día a día.

2.- Acompañamos la intención manifestada por el Poder Ejecutivo, de extender a todos los trabajadores rurales el régimen de limitación de la jornada laboral de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas semanales, que desde hace noventa y tres años se aplica a los demás trabajadores.

3.- Esta intención del Poder Ejecutivo, se suma así a la decisión de incorporar desde el año 2005, a los trabajadores rurales al régimen de consejo de salarios, y debe considerarse parte de la necesaria acción de los poderes públicos para superar la discriminación de la que estos trabajadores han sido objeto a través de toda la historia nacional.

4.- Sin embargo, es necesario señalar a la opinión pública y a los legisladores, que el referido proyecto es confuso en su redacción, lo que puede generar dispares y contradictorias interpretaciones a la hora de su aplicación y además dispone para decenas de miles de trabajadores un trato diferente respecto a lo que es la regla general, lo que no se funda en razones productivas ni económicas.

5.- El proyecto a estudio, al tiempo que establece una jornada máxima de ocho horas con carácter general, a renglón seguido plantea que los trabajadores de la ganadería y de la agricultura de secano, que suman más de sesenta mil, solo cobrarán horas extras después de la novena hora de trabajo y genera un bolsón con la novena hora que se trabaje cada día, no para pagarla sino para compensarlas, en el transcurso de un trimestre con horas de descanso.

6.- Por esto el proyecto no solo se aparta del régimen general, sino que resulta impracticable en la medida que exige al peón de estancia que lleve un registro de las horas trabajadas en el trimestre, a efectos de reclamar según el caso el pago doble o las horas libres por la compensación que se propone. Por lo mismo, en la mayoría de los casos, el efectivo cumplimiento de la ley reposaría en la voluntad patronal o en un enfrentamiento personal entre el trabajador y el patrón. Cualquier ley que presenta tales dificultades de contralor no es una buena ley aunque sea muy loable el objetivo que se propone.

7.- Por otra parte, el texto debería proponer instrumentos idóneos para que la ley se conozca entre los trabajadores y empleadores alcanzados por la norma, y prever mecanismos de contralor eficaces por parte del Estado, para que la ley respetando las particularidades del sector (factor cultural, dispersión geográfica, escasa organización sindical, dificultad de acceso a los medios de comunicación, pocos espacios de interacción social) no se convierta en letra muerta.

8.- Analizado el tema interdisciplinariamente, se demuestra que en nuestros días no pueden invocarse razones económicas, sociales, biológicas, tecnológicas o jurídicas que justifiquen un régimen de limitación de la jornada diferente para los trabajadores rurales.

9.- EN CONCLUSIÓN: El proyecto de ley a estudio del Parlamento puede y debe ser mejorado. Corresponde a los legisladores introducir las modificaciones necesarias, para hacerlo compatible con la intención públicamente manifestada por el Poder Ejecutivo de extender a los trabajadores rurales el régimen de jornada máxima de trabajo de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas semanales. Y así contribuir a la construcción de la ciudadanía del asalariado rural, históricamente ausente en el imaginario social y por lo mismo excluido del país productivo y con justicia social del que tanto se habla.

25 de junio de 2008

Los firmantes adhieren a la presente declaración e invitan a adherir a la misma, personalmente o a través de la siguiente dirección ochohoras@adinet.com.uy

por editor_uruguayÚltima modificación 29/07/2008 13:34